Con fundamento en el art. 231 fracción V, VI, VIII, X, XI, XII; que dispone la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, el Organismo Operador SAPSAM, deja saber a los usuarios que:
Aquellos que utilicen el agua potable para lavar con manguera vehículos, banquetas en la vía pública, o aquellas que sin usar manguera, lleven a cabo los actos señalados utilizando agua potable en cantidades que, a juicio del prestador del servicio resulte excesivo, serán acreedores a las sanciones que dispone la ley.
Cuidar el agua es responsabilidad de todos, ten en cuenta que los mantos acuíferos se encuentran sobre explotados, y que en la región la sequía es un fenómeno que se presenta por periodos prolongados de tiempo.
Reporta fugas de agua, robo y dispendio al Centro de atención integral 488 8821800. Vía WhatsApp 488 122 1558