QUIEN CONDUZCA UN VEHÍCULO BAJO LOS INFLUJOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O DROGAS Y PROVOQUE LA MUERTE DE UNA O VARIAS PERSONAS, COMPRENDA EL PAGO DE 100 A 200 SALARIOS MÍNIMOS A LAS HIJAS E HIJOS DE LAS VÍCTIMAS
La Comisión de Justicia del Congreso del Estado, analiza la iniciativa propuesta por la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón, que busca reformar el Código Penal del Estado para endurecer las sanciones a quienes provoquen un accidente de tránsito cuando conducen en estado de ebriedad o bajo los influjos de alguna droga.
La iniciativa propone reformas a las fracciones II y III; y adiciona una fracción IV al artículo 32 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, que tienen como objetivo establecer como parte de la reparación del daño, en los casos de quien conduzca un vehículo bajo los influjos del alcohol, drogas o cualquier sustancia, y provoque la muerte de una o varias personas, comprenda el pago de 100 a 200 salarios mínimos a las hijas e hijos de las víctimas, y esta obligación se prorrogue al cumplir la mayoría de edad
La diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón puntualizó que “uno de los grandes problemas por el que se pierden muchas vidas, es conducir bajo los efectos del alcohol o de cualquier droga o sustancia psicoactiva”.
En los casos de conducción bajo los efectos del alcohol, es posible que se produzca una colisión, incluso con concentraciones bajas de la sustancia en la sangre, y aumenta considerablemente cuando la concentración del conductor es de 0,04 g/dl o más.
En algunos casos y como resultado de estos accidentes viales, se priva de la vida a personas inocentes y más cuando estos tienen familia de los cuales dependen económicamente, dejándolos en la orfandad y en situación de vulnerabilidad, por lo que es importante el cuidar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes para que se les garantice y brinde una seguridad social, se les otorguen alimentos, vestido, educación y vivienda.
Por ello, se busca que se protejan a las niñas, niños y adolescentes, cuando la víctima haya sido el padre, madre o persona a cuyo cuidado se encuentren, la cual perdiera la vida a causa de un accidente de tránsito, porque el conductor iba en estado de ebriedad o bajo el influjo de otras sustancias.
Por ello, señala que el principal objeto de la iniciativa, es establecer como reparación del daño que se les otorgue una manutención a los hijos de victimas de accidente de tránsito causados por conductores que vayan bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, hasta que cumplan con la mayoría de edad.