SE DEBE GARANTIZAR A NIÑA, NIÑOS Y ADOLESCENTES, LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA DE SUS DERECHOS HUMANOS, EN ESPECÍFICO, SU DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA EN CUALQUIER TIEMPO: DIP. MARÍA LETICIA VÁZQUEZ HERNÁNDEZ
En reunión de trabajo de la Comisión Primera de Justicia de la LXIV Legislatura, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 110 en su párrafo segundo del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, que tiene como objetivo establecer que son imprescriptibles los delitos de abuso sexual cometidos en contra de menores de edad; y el dictamen de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, con el objetivo de incorporar el concepto de la interculturalidad, y de violencia patrimonial.
La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión, precisó que el dictamen que reforma el artículo 110 en su párrafo segundo del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, establece que “los delitos de violación, estupro, feminicidio, homicidio calificado, homicidio en razón de parentesco, secuestro y desaparición forzada de personas, son imprescriptibles. Igualmente serán imprescriptibles los delitos de abuso sexual, hostigamiento sexual, acoso sexual, y difusión ilícita de imágenes, cuando la víctima fuere una persona menor de edad”.
En la exposición de motivos se establece que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares –ENDIREH- 2021 del INEGI, 49.7% de las mujeres de 15 años y más afirmaron haber sufrido alguna forma de violencia sexual a lo largo de su vida, y el 23.3% en los últimos 12 meses.