BUSCAN INCLUIR A LOS 58 MUNICIPIOS EN LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL QUE ATIENDE LOS DELITOS DE TRATA DE PERSONAS

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EN COMISIONES SE ANALIZA UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR, Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado analiza la iniciativa que busca reformar disposiciones de la Ley para Prevenir, Sancionar, y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas; y  para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de incluir a los 58 municipios en la Comisión Intersecretarial que atiende estos hechos.

Se indica que de acuerdo a la ley, se cuenta con una  Comisión Estatal para Prevenir, Investigar, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en la cual actualmente se encuentran integrados los presidentes municipales de los Ayuntamientos de Ciudad Valles, Matehuala, Rioverde, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, y Tamazunchale en representación de los municipios del estado.

Sin embargo, se considera necesario incorporar a los 58 Ayuntamientos, para atender la problemática en relación a estos hechos que se presentan en sus territorios, en virtud de que cada uno de ellos cuenta con autonomía; además de integrar también a la Comisión de Igualdad de Género, para que cuente con información sobre estas situaciones.

Esto en virtud de que si bien la problemática en el tema de trata de personas no es exclusiva de mujeres, lo que es cierto es que las mujeres son el principal sujeto social víctima de este delito, siendo entonces la trata de personas un delito ampliamente vinculado a la violencia de género.

Además, la iniciativa establece la corrección en la denominación de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana.

La iniciativa impulsa reformar los artículos 50, fracción II, 51, en sus fracciones I y III, 53, fracción VIII, 54, fracción II, III y IX, inciso a) y e), 67, 68 y 69 de la Ley para Prevenir, Sancionar, y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas; y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para el Estado de San Luis Potosí.