DIP. RUBÉN GUAJARDO BARRERA IMPULSA UNA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR LA LEY DE AGUAS PARA EL ESTADO
El diputado Rubén Guajardo Barrera impulsa una iniciativa con Proyecto de Decreto que propone adicionar incisos e) y f) a la fracción II del artículo 95 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí.
El objetivo de la iniciativa es promover la ciudadanización de la Junta de Gobierno de los Organismos Operadores de Agua, por medio de la inclusión de nuevos miembros, que gocen de las mismas prerrogativas que los integrantes que ya se consideran, pero que abarquen los aspectos de las necesidades ciudadanas, y del conocimiento científico de las condiciones hídricas de la zona metropolitana.
La iniciativa contempla reformas al artículo 95 de la Ley de Aguas del Estado, para quedar como sigue: La Junta de Gobierno de los organismos operadores descentralizados se integra con:
II. Tratándose de organismos operadores intermunicipales:
e) Para el caso del organismo operador intermunicipal que preste servicio a la mayor parte de la población del estado, un representante de cada uno de los Consejos de Desarrollo Social Municipal de aquellos municipios que excedan una población de más de 150 mil habitantes, designados por cada Consejo correspondiente.
f). Para el caso del organismo operador intermunicipal que preste servicio a la mayor parte de la población del estado, un experto en el tema de servicio público de agua por cada una de las dos instituciones de educación superior con mayor matrícula en el estado, designados por las autoridades de sus instituciones respectivas.
El diputado Rubén Guajardo establece que, “tanto el conocimiento científico como las demandas ciudadanas, deben ser considerados en su justa dimensión, para ofrecer una perspectiva sustentada del abasto de agua, sobre todo para la integración de planificaciones a futuro, dadas las problemáticas específicas del abasto de agua de la zona metropolitana”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión del Agua para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y en su caso ser votada.