CON ESE FIN FUE APROBADA EN LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA LA INICIATIVA QUE AÑADE EL ARTÍCULO 39 BIS A LA LEY DE ATENCIÓN Y APOYO A MIGRANTES DEL ESTADO
Fue aprobada en la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Congreso del Estado, la iniciativa que añade el artículo 39 Bis a la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí.
La propuesta establece que cada Ayuntamiento deberá publicar en sus portales web el padrón de prestadores de servicios relacionados con migrantes, actualizando la base de datos de manera continua ante cada alta, baja o modificación.
La presidenta de la Comisión, diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón, dijo que este paso asegura que la información sea accesible al público bajo el principio de máxima publicidad, facilitando así su consulta por parte de la población interesada.
«La inclusión del artículo 39 Bis en la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes representa un avance significativo para fortalecer los derechos de las personas migrantes en nuestro estado; garantizar el acceso a información clara y actualizada sobre los servicios disponibles, es fundamental para su integración y bienestar».
La publicación del padrón de prestadores de servicios en línea no solo fomenta la transparencia, sino que también mejora la eficiencia en la gestión administrativa y facilita la toma de decisiones informadas por parte de las personas migrantes.
Este esfuerzo no solo beneficia directamente a la comunidad migrante, sino que también contribuye al desarrollo integral y al fortalecimiento del tejido social en San Luis Potosí.
Por último, la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón enfatizó que la medida busca no solo facilitar el acceso a servicios esenciales para los migrantes, sino también fortalecer la confianza en las instituciones locales, donde la implementación efectiva del artículo 39 Bis refleja un compromiso con los principios de transparencia, equidad y respeto a los derechos humanos, consolidando al estado como un ejemplo de atención y apoyo a la diversidad migratoria.