EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LA PERSONA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL IFSE

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NO PODRÁN SER ELECTOS QUIENES HAYAN SIDO SENTENCIADOS POR VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO Y COMO PERSONA DEUDORA ALIMENTARIA MOROSA

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la Convocatoria para la elección de la persona titular del Órgano Interno de Control del Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí, para el periodo 2024-2028.

Se indica que el periodo de recepción de solicitudes será del lunes 10 al viernes 14 de junio del año 2024, en horario de 9:00 a 15:00 horas, ante la oficialía de partes del Congreso del Estado, ubicada en la planta baja del número 200 de la calle Profesor Pedro Vallejo, en el Centro Histórico de esta Ciudad Capital; serán dirigidas al Diputado Presidente de la Directiva del Congreso del Estado con atención a la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización, manifestarán su intención de participar en el proceso de elección, y deberán señalar, nombre y edad, así como número telefónico, correo electrónico y un domicilio en esta ciudad de San Luis Potosí, para oír y recibir notificaciones.

Se indica que las personas interesadas en participar en este proceso de elección, deberán reunir los siguientes requisitos: contar al día de su elección con título y cédula profesional de licenciatura en contaduría pública, derecho, abogada o abogado, administración pública, economía, o cualquier otra licenciatura relacionada con actividades de control, con una antigüedad de por lo menos cinco años; no haber desempeñado cualquier cargo de elección popular durante los tres años anteriores a su elección.

No desempeñar o haber desempeñado algún cargo de dirección en un partido político durante los últimos cinco años; no ser pariente por afinidad o consanguinidad en cualquier grado, civil, respecto de los servidores públicos del Instituto de Fiscalización Superior del Estado; no haberse desempeñado en un cargo de coordinación, dirección o similar, en cualquiera de los entes auditables en los últimos dos años.

No haber sido inhabilitada o inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; no tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y no haber sido declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Las personas que no señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de San Luis Potosí, serán notificadas por lista en los estrados de la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Congreso del Estado, ubicados en el segunda planta del número 200 de la calle Profesor Pedro Vallejo, en el Centro Histórico de esta Ciudad Capital.

 A las solicitudes se deberán anexar, sin excepción alguna, original o copia certificada, y copia simple, de los documentos que a continuación se enlistan: Acta de Nacimiento; Credencial para Votar, vigente; Título y Cédula profesional;  Constancia de No Antecedentes Penales expedida por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con antigüedad no mayor a treinta días naturales contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria; Currículum Vitae en versión pública, acompañado de documentos comprobatorios. El curriculum vitae igualmente deberá ser entregado en archivo electrónico almacenado en disco compacto (CD) o memoria USB.

Además, Constancia de no inhabilitación para ejercer en el servicio público, expedida por el Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí, con antigüedad no mayor a treinta días naturales contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria; Constancia expedida por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, de no inscripción en el Padrón de Personas Deudoras Alimentarias Morosas del Estado; o escrito que contenga declaración bajo protesta de decir verdad, no haber sido declarada como persona deudora alimentaria morosa.