EN COMISIONES APRUEBAN REFORMAS A LA LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO

0
305

SE PLANTEA GARANTIZAR EL DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE ACCESO A LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN: DIP. CUAUHTLI FERNANDO BADILLO MORENO

A propuesta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado, aprobó el dictamen que reforma el artículo 88 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, en relación al derecho de niñas, niños y adolescentes de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.

Con esta modificación, se establece que los medios tecnológicos deberán ser un canal efectivo para ejercer sus derechos a la información, comunicación, educación, salud y no discriminación, siempre y cuando no afecte su estado psicoemocional y puedan acceder a contenidos acordes a su grado de desarrollo y madurez.

En su exposición de motivos, el legislador señala que el acceso al internet, a la información digital, a los recursos virtuales que representa un medio de aprendizaje vanguardista es una necesidad hoy en día. Todas las personas tenemos derecho a acceder a estos contenidos, sobre todo quienes se encuentran en proceso de formación, de acuerdo a su desarrollo físico, mental y emocional.

Agrega que la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce la importancia de la expansión de las tecnologías de la información y la comunicación y enfatiza que este recurso posibilita el desarrollo y progreso humano y permite superar la brecha digital para un mejor desarrollo educacional y de la personalidad.

Por ello, se exhorta a los estados a que faciliten su promoción y el acceso a la información por internet, fortaleciendo la alfabetización digital y promuevan el empoderamiento de mujeres y niñas a través del uso de las tecnologías de la información.

Añade que por ello, se debe fomentar por parte de las autoridades del estado su uso entre niñas, niños y adolescentes, sin que el mismo afecte su desarrollo y estado psicoemocional, para que puedan acceder a contenidos que sean acordes a su grado de desarrollo y madurez.

El dictamen respectivo se turnará próximamente al pleno para su votación.